
Autor: Héctor Garrido. Estación Biológica de Doñana (EBD-CSIC)
La Red Andaluza de Comederos de Aves Carroñeras (RACAC) se crea en 2002 como puntos de vertido controlado de carroña para alimentar a las aves carroñeras tras la aplicación del Reglamento 1774/2002/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de octubre de 2002.

Buitres sobre un punto de vertido
El objetivo principal de la RACAC es complementar la alimentación natural de las poblaciones de aves necrófagas de Andalucía al tiempo que cumple con las vigentes medidas sanitarias.
Entre las especies beneficiadas se encuentran las aves carroñeras estrictas, buitres leonado y negro, alimoche, quebrantahuesos, milanos real y negro, y las facultativas, águila real e imperial, algunas de las cuales están incluidas en distintas categorías de amenaza en los actuales catálogos.

Aves carroñeras en El Picacho
La alimentación de las aves necrófagas depende en gran medida de las actividades ganaderas en régimen extensivo y del aprovechamiento cinegético de caza mayor. El Reglamento 1774/2002/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de octubre de 2002, por el que se establecían las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales no destinados al consumo humano, dispuso la retirada de los cadáveres de ganado muerto del campo y su destrucción en plantas de transformación autorizadas, provocando con ello la eliminación de la principal fuente de alimentación de estas aves.
No obstante, esta normativa hacía excepción expresamente sobre la alimentación de aves carroñeras en comederos construidos y autorizados según lo articulado en la normativa de aplicación, con determinados materiales y cumpliendo la normativa vigente en materia de sanidad animal. Por ello, se consideró necesario crear una red de puntos de vertido controlado de carroña, comederos, que conforman la RACAC. La creación y las normas de funcionamiento de la Red se recogen en la ORDEN de 10 de diciembre de 2004 de las anteriores Consejerías de Agricultura y Pesca y Medio Ambiente.
El Real Decreto 1632/2011 establece las normas básicas relativas a los supuestos y condiciones en que se permitirá la utilización de los subproductos animales en aplicación de la excepción recogida en el Reglamento (CE) nº 1069/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009 que establece las normas sanitarias aplicables a los SANDACH, vigente desde el 4 marzo de 2011. Amplía las modalidades de alimentación de especies en peligro o protegidas, permitiendo no sólo la utilización de recintos vallados, sino también el suministro de subproductos animales fuera de comederos. Junto a las condiciones de funcionamiento de los muladares, similares a las que venían aplicándose hasta ahora, se incluyen los requisitos para la autorización del suministro de subproductos animales en las llamadas “Zonas de Protección”, fuera de recintos vallados. Estas zonas serán designadas por las Comunidades Autónomas en base a los criterios establecidos en el Real Decreto y en las Directrices Técnicas para la gestión de la alimentación de las especies necrófagas en España aprobadas el 13 de julio en la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente.
De manera somera, dentro de las citadas zonas se podrán autorizar explotaciones extensivas, que cumplan una serie de requisitos sanitarios, a depositar los subproductos que generen, sin necesidad de construcción de vallados, para la alimentación de especies necrófagas. Las citadas Directrices también establecen que las estrategias de alimentación se dirigirán especialmente a las especies más amenazadas. Todo esto ha motivado una reorganización de la misma para 2012 consistente en mantener y gestionar de forma específica solo aquellos comederos que puedan beneficiar al alimoche mediante la formación de dormideros asociados y, en menor medida, a otras especies amenazadas como quebrantahuesos, milano real o buitre negro.

Necrófagas
Todos los indicadores acerca de la funcionalidad de la Red son analizados mediante un registro exhaustivo que se incorpora en un sistema de información creado expresamente para controlar y valorar los aspectos relacionados con el mantenimiento, como materiales aportados y grado de consumo de la carroña.
La base de datos de la RACAC también contiene la información obtenida en los censos de aves realizados en los comederos.

Mapa de ubicación comederos de aves carroñeras
Las instalaciones constan de un cerramiento perimetral con puerta de acceso, una zona impermeabilizada para depositar el alimento, un recinto para la acumulación provisional de los residuos, un único acceso para los vehículos que suministran el alimento y la señalización imprescindible. La Red cuenta con dos remolques y seis vehículos especiales, diseñados para el transporte de subproductos animales no destinados al consumo humano y adaptados a las necesidades de la Red.
La Red se distribuye en 23 comederos gestionados bajo un modelo común. Los comederos están ubicados en el entorno de las áreas de reproducción, alimentación, invernada y dispersión juvenil de las especies objeto del Plan de Recuperación y Conservación de aves necrófagas.
Nombre | Término municipal | Provincia |
Cerro del Muerto | María | Almería |
Montalviche | Vélez - Blanco | |
Los Juncales | Algodonales | Cádiz |
El Picacho | Alcalá de los Gazules | |
Valdeinfierno | Los Barrios | |
Santa Rita | Cabra | Córdoba |
Torilejos | Hornachuelos | |
Vegueta del Fresno | Cardeña | |
Cortijo Becerra | Guadix | Granada |
Cerro de Navavaca | Santa Elena | Jaén |
Fuentes Altas | Santiago – Pontones | |
Hoya de la Sierra | Pegalajar | |
Matarribazos | Jódar | |
Puerto de las Palomas | La Iruela | |
Valdequemado | Andújar | |
Casares | Casares | Málaga |
El Chorro | Ardales | |
El Hondón | Ronda | |
El Torcal | Antequera | |
Tejeda | Sedella | |
Huerta Tejada | Aznalcazar | Sevilla |
Las Navas - Berrocal | Almadén de la Plata |